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Se muestran los artículos pertenecientes a Noviembre de 2007.

Con el objetivo de independizar el aula grande y pequeña de clases teóricas, en Autoescuela GONG hemos procedido a colocar en las cristaleras de separación entre las mismas unas laminas adhesivas de acabado al acido.
Gracias a las mismas, los alumnos podrán trabajar en simultáneo en ambos departamentos con total independencia y sin que se vea mermada la luminosidad, debido a que estás láminas permiten el paso de la luz pero no de la imagen.

Fotografía de Jaime González con un sombrero tejano, sentado encima de un RENAULT 12 en las antiguas pistas de prácticas de la autoescuela, con su hijo mayor Jaime en el puesto de conducción.


Con la finalidad de unificar la aplicación sobre el periodo de validez de las pruebas superadas y siguiendo las directrices de la Dirección General de Tráfico, Autoescuela GONG informa a sus alumnos de lo siguiente:
1º) El periodo de vigencia de las pruebas superadas es de 2 AÑOS IMPRORROGABLES. Por tanto, se debe superar la prueba siguiente dentro de ese periodo; de lo contrario, caducará la prueba superada.
2º) Los 2 AÑOS se contarán de fecha a fecha, sin que proceda prorrogarlo por periodos de vacaciones o festivos.
3º) En los casos en que existan expedientes abiertos por prórroga de los mismos, la fecha tope de aplicación efectiva será el 1 de enero de 2.008.
4º) Los expedientes tendrán una validez de 6 meses; lo que quiere decir que si están paralizados o inactivos más de ese plazo caducarán (los expedientes, no la prueba superada) y será necesario volver a presentar nuevo expediente con nueva tasa.

Ante las dudas surgidas y la disparidad en la interpretación de la nota informativa publicada anteriormente, de momento, salvo que alguna instrucción de la D.G.T. o el nuevo Reglamento General de Conductores (en elaboración) pudieran introducir alguna variación en este sentido, se modifica la publicación anterior en los siguientes términos:
* Se suprime el punto 4º respecto a la validez de 6 meses del expediente, dejando las cosas, por tanto, como veníamos haciéndolo con anterioridad, esto es:
- El APTO en una prueba tiene una validez de 2 AÑOS IMPRORROGABLES y, de la misma manera, el expediente tendrá esa misma validez.
- Si resulta NO APTO, el alumno no debe dejar pasar más de 3 MESES para presentarse a la convocatoria siguiente, de lo contrario le caducará el expediente, debiendo presentar uno nuevo, con nuevo informe médico y nueva tasa. Por tanto, en caso de NO APTOS, entre convocatorias de un mismo expediente no deben pasar más de 3 MESES, de lo contrario caduca el expediente.
Con esta manera de proceder se subsanan los problemas y los posibles perjuicios que pudiera ocasionar a los interesados la caducidad a los 6 MESES:
- Teórico aprobado a los 17 años quedándole 1 AÑO para poder examinarse del práctico.
- Estudios en el extranjero y que vuelven a examinarse en verano transcurridos más de 6 MESES, etc.
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